En Cootracerrejón, promovemos los valores de la economía solidaria, siendo la ayuda mutua uno de nuestros pilares. El Fondo de Solidaridad se establece según el artículo 54 de la Ley 79 de 1998 y el artículo 111 de nuestros estatutos, para respaldar a los asociados en momentos de necesidad.
El fondo se compone de un mínimo del 10% de los excedentes anuales y los recursos asignados por el Consejo de Administración. Estos recursos se destinan a apoyar a los asociados y sus familiares dependientes que enfrenten situaciones especiales de calamidad o dificultades excepcionales, mediante un auxilio económico previo solicitud, que ayude a paliar la situación.
¿Quiénes se benefician?
- El asociado.
- Los miembros del núcleo familiar del asociado entendiéndose como tales a: cónyuge o compañera(o) permanente, hijos y padres en caso de fallecimiento del asociado.
- En el caso de los auxilios de afectación de vivienda familiar, Gastos quirúrgicos y Hospitalarios, aplica solo para el asociado.
Tipos de Auxilios:
Este auxilio aplica por el fallecimiento del cónyuge o compañera(o) permanente, hijos, hijastros, padres, padrastros y madrastras, para estos tres últimos parentescos el asociado solo podrá registrar como beneficiario a padre o padrastro, madre o madrastra el cual debe estar registrado en nuestra base de datos.
Se otorga en casos debidamente comprobados por certificación del ente hospitalario, generados para el asociado, cuyo cubrimiento por parte de la EPS, o cualquier órgano del sistema general de seguridad social y/o el plan adicional y/o voluntario de salud no sea suficiente y cause grave incapacidad económica al asociado.
Este auxilio se podrá otorgar al asociado, en el caso nacimiento de un hijo.
Este auxilio económico se otorga al asociado que haya estado incapacitado desde 180 días continuos, las incapacidades deben estar certificadas por la Entidad Promotora de Salud (EPS), Administradora de Riesgos Laborales (ARL), o Administradora de Fondo de Pensiones (AFP).
Este auxilio se otorga en casos debidamente comprobados y cuya situación se origine por las siguientes eventualidades: inundación, movimientos sísmicos, vendavales, tormentas tropicales o incendio de la vivienda debidamente registrada en la base de datos.
Conozca, condiciones, requisitos y monto de cada auxilio en el Reglamento del Fondo de Solidaridad.